Continuación...Cuarta Parte Entrada 13

Fue
entonces, en mayo del 2002, cuando decidieron acusarme por el Delito de
Desacato, obligados a toda costa a obstruir el curso legal de mi fundamentada
acusación contra el Fiscal General Juan Escalona Regueira. El resto de la
historia ya ustedes la conocen; y la moraleja? Bueno, para la Protección al
Derecho Ciudadano en Cuba, al parecer, rigen dos preceptos legales:
A."Todo funcionario acusado se presume inocente hasta que se demuestre lo
contrario"; y B."Todo ciudadano acusado se presume culpable hasta
tanto el pueda demostrar su inocencia".
Fin
de la Cuarta Parte.
Continuará..
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