domingo, 3 de noviembre de 2013

Hágase la Luz 5

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El 16 de diciembre de 1996 cinco funcionarios, procedentes del Departamento Técnico de Investigación (DTI), la Policía Nacional Revolucionaria (PNR), la Oficina Provincial de Inspección Pesquera, y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) de Cienfuegos, violaron mi domicilio y practicaron un registro ilegal, aprovechando que mi esposa se encontraba sola, en compañía de nuestro hijo de doce años, enfermo ese día, quien tuvo que sufrir el rigor de las violaciones y las acciones perpetradas por los actuantes, así como el estado de indefensión de su madre y lo severo e injusto de varias sanciones a ella aplicadas, de forma totalmente arbitraria e ilegal. Tan solo cuatro libras de camarones de tercera clase congelados, adquiridos lícitamente, por demás, bastaron para que le impusieran cinco mil pesos de multa y el decomiso del refrigerador de la familia, valorado en unos quince mil pesos cubanos.

Al día siguiente al operativo, presenté una reclamación al Director de la oficina provincial de inspección pesquera de Cienfuegos con la esperanza que se rectificara el error; pero lamentablemente éste ratificó la medida sin vacilación alguna. Y luego, cuando el abogado Antonio Gainza, en nuestra representación, impugnó a la Fiscalía Provincial de Cienfuegos, y a la Fiscalía General de la República, el 30 de enero y el 9 de julio de 1997, respectivamente, solicitando el restablecimiento de la legalidad quebrantada; ambas gestiones legales concluyeron igualmente desfavorable a pesar que denunciamos la violación del artículo 127(1) de nuestra Constitución por parte de la Fiscalía General de la República; lo cual he reiterado en vano a todos los niveles e instancias gubernamentales y legales en los términos siguientes: “.. es realmente preocupante que frente a la reclamación de los derechos ciudadanos y la violación flagrante de los mismos que fuera denunciada además ante el único órgano que existe en nuestro país para velar por el restablecimiento de la legalidad, se observe como primero se violan los términos establecidos para dar respuesta y luego se trate de establecer como correcto  (mediante  métodos de interpretación extensivos y no previstos en la ley) el actuar ilegal e incorrecto de los inspectores de la pesca cuyo análisis no resiste el más mínimo cuestionamiento de hecho ni de derecho”.

Continúa...

Referencias Legales 

(1)-ARTÍCULO 127. La Fiscalía General de la República, es el órgano del Estado al que corresponde, como objetivos fundamentales, el control y la preservación de la legalidad, sobre la base de la vigilancia del estricto cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales, por los organismos del Estado, entidades económicas y sociales y por los ciudadanos; y la promoción y el ejercicio de la acción penal pública en representación del Estado...