martes, 19 de noviembre de 2013

Hágase la Luz Segunda Parte 5

Continuación...Segunda Parte entreda 5


Y continué diciendo en mi queja al Sr. Fidel Castro: ¿Acaso no está turbio también el proceso seguido contra los cinco funcionarios actuantes en el operativo llevado a cabo en mi domicilio el 16 de diciembre de 1996? Cuando después que el abogado Antonio Gainza denunciara en dos ocasiones la violación de domicilio y el registro ilegal perpetrado en mi vivienda, me vi obligado a repetir la denuncia ante la Fiscalía Municipal de mi localidad, el 22 de octubre de 1997.

La tercera denuncia encontró obstáculos nuevamente, y el 4 de mayo de 1998 tuve que sostener ante la Fiscalía Militar la misma denuncia, que sólo logró que el 20 de julio de 1998 se me diera un documento que decía que durante la investigación se comprobó que las acciones que se realizaron en mi domicilio se llevaron a efectos amparados en una orden de Registro a domicilio particular, carente de fundamento legal, por no existir en la unidad de la PNR de Abreus, ni otra unidad similar, radicación de denuncia contra los moradores del domicilio objeto de la diligencia; por lo que se viola el artículo 119 de la ley de Procedimiento Penal, y que no participaron testigos presenciales durante dicho acto, sino una vez concluido el mismo y ya encontrándose depositados sobre un mostrador los objetos que se iban a ocupar, por lo que se viola el artículo 227 del propio cuerpo legal. Así mismo se pudo comprobar, que el Promovente de la reclamación objeto del presente expediente procedió a formular denuncia formal ante el fiscal jefe del municipio de Abreus en fecha 24 de octubre de 1997, indicándose por este funcionario al jefe de la unidad municipal de la PNR que procediera a radicar denuncia por los posibles delitos de Violación de Domicilio y Registro Ilegal, radicándose la denuncia No. 664/97 de fecha 26 de noviembre de 1997, sin que se efectuaran el resto de los trámites legales establecidos, violándose el artículo 119 apartado 3 de la Ley de Procedimiento Penal en cuanto a la denuncia y su tramitación. Que por las cuestiones enunciadas anteriormente se procederá conforme a derecho en lo que respecta a las violaciones procesales con características de delitos cometidas por los agentes de la PNR. 

                                                                  Continúa...