Continuación...Quinta Parte Entrada 16
El 18 de octubre del 2011, mi hija de 22 años, Ivis Prieto, también fue
sancionada a separación de su Centro de Trabajo en Cuba, por ausentarse por
enfermedad, a apenas 26 días de haber comenzado a trabajar, presuntamente como
represalia política. Este incidente lo acredité debidamente ante el Consulado
General de España en La Habana, y tuvo mucha importancia para que le fuera
otorgada visa para exiliarse con nosotros, pues era mayor de edad. Ya yo venía
desarrollando mi 4ta tarea contra la dictadura, y cada vez que creía propicio y
seguro disentía con el gobierno en mi medio de convivencia e influencia, sin comprometer
mi futura denuncia en el exilio. Y gracias a Dios, el 13 de marzo del 2012 mi esposa obtuvo la
Nacionalidad Española, y el 5 de julio del 2013
inscribimos nuestro matrimonio en el Consulado General de España en La Habana,
obtuvimos visa el 26 de septiembre, para finalmente huir de Cuba el 10
de octubre del 2013, haciéndolo coincidir a propósito
con la conmemoración en Cuba del grito de libertad de Carlos Manuel de Céspedes en La Demajagua en 1868. Tuvimos que vender absolutamente todas
nuestras pertenencias y posesiones para poder salir de Cuba y asentarnos en España a nuestra
llegada, sin deber un solo centavo, ni afectar económicamente a amigos y familiares
que gustosamente no hubiesen vacilado en ayudarnos.
Continúa...
No hay comentarios:
Publicar un comentario